A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Maestre Araujo Maria Luz
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Valledupar.
La controversia se presenta por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de una ciudadana, con el propósito de que se declare la nulidad de dos resoluciones, proferidas por el ISS y por Colpensiones en las cuales se reconoció y reliquidó una pensión de vejez.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, reitera la regla dispuesta en Auto 316 de 2021, según la cual, el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a través del cual la administración cuestiona su propio acto administrativo, que creó o modificó una situación particular y concreta, por disposición expresa del legislador, en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, le corresponde exclusivamente a los jueces administrativos.
Incluso cuando el acto administrativo verse sobre asuntos laborales o de la seguridad social, puesto que por medio de la acción de lesividad se debaten ‘intereses propios de la administración’, los cuales deben ser resueltos por el juez administrativo”, regla que el Auto 840 de 2021 extendió a aquellas demandas en contra de los actos administrativos proferidos por una entidad pública liquidada, que sean interpuestas por la entidad que la subrogó en sus derechos y obligaciones.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Valledupar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar, al demandante y a los demás interesados en el proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Valledupar y el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Valledupar conocer de la demanda promovida por Colpensiones.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4886 al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Valledupar para lo de su competencia y para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Valledupar, al demandante y a los demás interesados en el proceso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.